TEORÍA DE LOS ACTOS DE HABLA
La teoría de los actos de habla es una de las primeras teorías propuesta por la pragmática, a través de la cual se intenta explicar qué hacen las personas cuando utilizan el lenguaje. Austin, mientras estudiaba la oposición entre el acto realizativo y constatativo, se da cuenta de que el decir es también un tipo de hacer, argumentándolo de la siguiente manera: “Cuando sugerimos embarcarnos en la tarea de hacer una lista de verbos realizativos explícitos, hallamos ciertas dificultades para determinar si una expresión es o no realizativa, o, en todo caso, si es puramente realizativa. Pareció conveniente, por ello, volver a cuestiones fundamentales y considerar en cuántos sentidos puede afirmarse que decir algo es hacer algo, o que al decir algo hacemos algo, o aún porque decimos algo hacemos algo” (Austin, p.153). En simples palabras, dice Austin “todo enunciado supone una acción verbal” (Gil, p. 202).Tomándose de la idea que todas las expresiones del lenguaje deben considerar como actos, Austin postuló que un enunciado, al momento de su enunciación, podía realizar tres funciones diferentes:
- Función locucionario. Éste se
refiere al acto de decir en sí, es decir, a la producción de un enunciado
significativo (con un cierto sentido y una cierta referencia) lo que a su vez
es aproximadamente equivalente al “significado” en el sentido tradicional.
“Puede entenderse que decir algo es hacer algo o que al decir algo hacemos algo
e, incluso, que porque decimos algo hacemos algo... llamo al acto de “decir
algo” realizar un acto locucionario (…)” (Austin, p.138). Este acto, se divide
a su vez, en tres tipos de actos:
- el acto fonético, consiste meramente en la emisión de
ciertos ruidos;
-el acto “fático” consiste en la emisión de ciertos
términos o palabras, es decir, ruidos de ciertos tipos, considerados como
pertenecientes a un vocabulario;
-el acto “rético” consiste en
realizar el acto de usar esos términos con un cierto sentido y referencia, más
o menos definidos (Austin, p.139).
Por otro lado, un enunciado puede ser
un acto ilocucionario. Éste es un acto realizado al decir algo, por ejemplo,
hacer una promesa, emitir una orden, etc., es decir, actos que tienen cierta
fuerza (convencional): “Un acto ilocucionario (es) llevar a cabo un acto al
decir algo como cosa diferente de realizar el acto de decir algo. Me referiré a
la doctrina de los distintos tipos de función del lenguaje que aquí nos ocupan,
llamándola doctrina de las “fuerzas ilocucionarias” (Austin, p.144).
Finalmente, un acto puede ser
perlocucionario, es decir, el acto realizado por medio de decir algo: persuadir
a alguien de que haga algo, mover a uno a la ira, etcétera: “Realizar un acto
locucionario y, con él, un acto ilocucionario, puede ser también realizar un
acto de otro tipo. A menudo, e incluso normalmente, decir algo producirá
ciertas consecuencias o efectos sobre los sentimientos, pensamientos o acciones
del auditorio, o de quien emite la expresión, o de otras personas. Y es posible
que al decir algo lo hagamos con el propósito, intención o designio de producir
tales efectos (…). Llamaremos a la realización de un acto de este tipo la
realización de un acto perlocucionario o perlocución” (Austin, p.145).
En simples palabras, los actos de
habla son:
Acto elocutivo: es el acto físico de
producir una palabra
Acto ilocutivo: es el acto que se
realiza por medio de la emisión de un enunciado
Acto perlocutivo: es el efecto
conseguido a través de la elocución y la ilocución.
Franciscaa Ahumada Ly.Teoría de los actos de habla.recuperado de: https://sites.google.com/site/franciscaaahumadaly/teoria-de-los-actos-de-habla
Franciscaa Ahumada Ly.Teoría de los actos de habla.recuperado de: https://sites.google.com/site/franciscaaahumadaly/teoria-de-los-actos-de-habla
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